Regímenes Primario y Pecuario
Regímenes Primario y Pecuario

En Guatemala, los regímenes Primario y Pecuario corresponden a categorías específicas dentro del sistema tributario, vinculadas al sector agrícola y ganadero, contempladas para facilitar el cumplimiento de impuestos a actividades económicas propias del sector primario de la economía.

Régimen Primario

El régimen primario se refiere a las actividades vinculadas directamente con la producción primaria, es decir, aquellas relacionadas con la agricultura, la ganadería, la pesca y actividades conexas. Este régimen está integrado para reconocer las particularidades económicas y sociales del sector, que generalmente tiene costos y márgenes diferentes a los sectores industriales o comerciales.

Este régimen se enmarca en la legislación tributaria guatemalteca como parte de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012 y reformas), que reconoce las rentas provenientes de actividades primarias para efectos de cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Dentro de este régimen, las actividades agropecuarias gozan de ciertos beneficios y facilidades, ya que los ingresos provenientes de la producción primaria pueden estar sujetos a tasas de tributación especiales o procedimientos simplificados para incentivar el desarrollo del sector agropecuario.

Las rentas obtenidas del régimen primario se gravan bajo las mismas categorías generales del ISR, pero pueden tener tratamientos particulares para ciertos productos o actividades, como la posibilidad de acogerse a regímenes simplificados o a tasas preferenciales, con el fin de apoyar el desarrollo rural y la seguridad alimentaria en el país.

Régimen Pecuario

El régimen pecuario específicamente se refiere a las actividades relacionadas con la cría y explotación de animales para la producción de carne, leche, huevos, cuero, lana y otros productos derivados. Este régimen se considera dentro del régimen primario, pero tiene sus propias particularidades debido a los ciclos productivos, condiciones sanitarias y requerimientos técnicos propios del sector.

Para efectos fiscales, el régimen pecuario puede contar con beneficios similares a los del régimen primario, como límites en la base imponible, tasas reducidas de impuestos o procedimientos simplificados, que buscan proteger a los productores pecuarios pequeños y medianos, quienes tienen un papel relevante en la economía rural guatemalteca.

Implicaciones y beneficios fiscales

Ambos regímenes facilitan a los contribuyentes del sector agrícola y pecuario el cumplimiento de sus obligaciones tributarias mediante:

  • Posibilidad de acogerse a regímenes simplificados como el Régimen de Pequeño Contribuyente o regímenes especiales para el sector rural.
  • Tasas de impuestos adaptadas a la realidad económica del sector para evitar cargas fiscales excesivas que afecten la producción y el desarrollo.
  • Acceso a incentivos y exenciones vinculadas al fomento de actividades agropecuarias y la modernización del sector.
  • Reglas específicas para la deducción de costos y gastos propios de la actividad agrícola y pecuaria.

Estos regímenes buscan fomentar la formalización y legalización de los pequeños y medianos productores, mejorando su acceso a servicios financieros, asistencia técnica y mercados formales, al tiempo que garantizan una recaudación equitativa y adecuada para el Estado.

Marco normativo y actualidad

El Decreto 31-2024, Ley para la Integración del Sector Primario y Agropecuario de Guatemala, ha impulsado la actualización de estos regímenes para adaptarlos a las nuevas realidades económicas y tecnológicas, incluyendo herramientas de fiscalización digital y la integración de productores al sistema tributario formal.

En resumen, los regímenes Primario y Pecuario son modalidades tributarias diseñadas para atender las particularidades del sector agropecuario guatemalteco, proporcionando beneficios fiscales, simplicidad administrativa y medidas de apoyo para promover el desarrollo rural y la sostenibilidad económica del país.

 

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